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Seguridad e Higiene Ocupacional

¿Ya cumpliste con las 64 horas por trabajador?
NORMA TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (NT-01-2008)
"El empleador debe elaborar un programa de capacitación que establezca como mínimo 16 horas de educación trimestral e información por cada trabajador. Así que en un año un trabajador debe recibir por lo menos 64 horas de capacitación e información.
El incumplimiento es considerada una falta grave y sancionado con multa de 26 a 75 UT, por cada trabajador afectado" ( Art. 119 LOPCYMAT)
¡No dejes que te multen! Aprovecha nuestras ofertas en cursos de Higiene y Seguridad Ocupacional para el ultimo trimestre del año que te permita completar el requerimiento de la Norma Técnica para la Elaboración del Programa de Salud y Seguridad en el Trabajo.
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